viernes, 2 de abril de 2010

Denuncia presentada a la Com. de Proced. Concursales de Indecopi en contra de Cisneros y Sierralta y colusión del Banco Interamericano de Finanzas BIF BANBIF

Expediente: 036 - 2003
Denuncia proceder de la Administradora Cisneros y Sierralta Asociados.

SEÑOR PRESIDENTE DE LA COMISION DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES DE INDECOPI

EDUARDO IPINCE BRASCH, en mi condición de Representante legal de Master Investments Group Inc. Accionista mayoritaria de Fábrica de Tejidos Marangani S.A.; y, presidente del directorio de FABRICA DE TEJIDOS MARANGANI S.A, con domicilio legal y procesal en el Jirón Carabaya No. 1119 of. 302 - lima, a usted con el debido respeto me presento y digo:

-Como es de conocimiento de vuestra comisión, nuestra empresa fue declarada en concurso, y en Junta de Acreedores se nombro como administradora de nuestra empresa, a la empresa Cisneros Sierralta y Asociados SRL
Esta empresa que fue nombrada mayoritariamente por el acreedor laboral y el Banco Interamericano de Finanzas BANBIF BIF, para cautelar los intereses de Fábrica de Tejidos Marangani S.A. desde un inicio ha venido actuando en contra de los intereses de Marangani y de los demás acreedores:

-En principio, esta empresa desde un inició actuó mal, dado que sin que se haya formalizado el acta donde consta el acuerdo de su nombramiento, esta empresa entra a nuestra fabrica de Cuzco, sin tener protocolizado su nombramiento, ni inscrito sus poderes en Registros Públicos, para ello cuentan con la complicidad del acreedor laboral y del acreedor comercial banco interamericano de finanzas, quienes se encontraban en posesión de nuestra empresa desde Abril de 2004, tal como consta en la sentencia condenatoria penal que adjuntamos al siguiente escrito. (Esta sentencia también prueba, que cuando Indecopi nos requirió el 13 de Mayo de 2004 para entregar mas documentación, no la pudimos alcanzar, debido a que no obraba en nuestro poder, por la toma ilegal de la fábrica por parte de los Acreedores Laborales, y a pesar de estos hechos indecopi nos declaro como no válido nuestro apersonamiento y en concurso.

-Cisneros Sierralta y Asociados en complicidad con el acreedor laboral, para expoliar ha Fabrica de Tejidos Marangani S.A.; han creado una nueva empresa denominada Tejidos Chectuyoc S.A. que tiene como accionistas a casi la totalidad de los acreedores laborales y en un inició nombraron como gerente de Tejidos Chectuyoc a la empresa Panorama Mercantil SAC, empresa que tiene como accionista mayoritario al señor Alejandro Sierralta Piñeiro el mismo que también es curiosamente representate legal de la empresa Cisneros y Sierralta Asociados SCRl., esta empresa Tejidos Chectuyoc fue creada con la única finalidad de robar a nuestra fabrica, dado que desde hace tres años viene alquilando la Planta Industrial de Marangani a esta empresa, es decir bajo la figura de un Arriendo licitado han tercerizado el trabajo para desviar los ingresos que puedan obtenerse de nuestra plante, con la única finalidad de beneficiarse tanto el acreedor laboral como la empresa Cisneros Sierralta y Asociados, y el Banco Interamericano de Finanzas Banbif BIF.

-Con esta modalidad de tercerización no sólo roban a nuestra empresa Fábrica de Tejidos Marangani S.A., si no que también a los demás acreedores que están reconocidos en Indecopi. Por otro lado, de las tres últimas actas de Junta de Acreedores, se ve claramente que los acuerdos han sido para el alquiler de nuestra planta Industrial curiosamente a la empresa Fábrica de Tejidos Chectuyoc, conforme aparece en el expediente principal de indecopi.

- Todos estos hechos constituyen delito de fraude contra la persona jurídica, delito contra la fe pública estafa y hurto agravado, hacemos presente que oportunamente le comunicamos al Banco Interamericano acerca de este fraude, sin embargo, aparentemente jamas lo ha denunciado a Indecopi, y esto por que, por dichos del Acreedor laboral y del Sr. Alejandro Sierralta Piñeiro también se beneficia con esta tercerización ilegal.

-La empresa Cisneros Sierralta y Asociados SCRL. que fue nombrada administradora de nuestra fabrica para cautelar supuestamente sus intereses, y defenderla en los procesos judiciales en las que Marangani es parte; ha cometido un delito mayor, dado que, en el proceso Judicial seguido por ante la segunda sala Permanente Contenciosa Administrativa, donde Marangani S.A. inició el proceso contra Indecopi por nulidad de declaración de concurso, cuando ya se estaba por emitir sentencia luego que el fiscal superior valorando los mismos documentos que presentamos en su momento a indecopi, opina que se declare fundada nuestra demanda, dolosamente Cisneros Sierralta y Asociados SCRL se apersona al proceso y se desiste del proceso contencioso. Hecho que es delincuencial, por cuanto, el desistimiento ha sido formulado por la empresa cisneros sierralta y asociados, persona jurídica que no es titular de la situación jurídica sustancial protegida; en efecto, por imperio del artículo 11 de la ley 27584, sólo tiene legitimidad para obrar activa quien afirma ser titular de la situación jurídica sustancial protegida que haya sido o esté siendo vulnerada por la actuación administrativa impugnable materia de proceso, situación que no es el caso de la empresa cisneros sierralta y asociados scrl, dado que el nombramiento de esta empresa obedece a la declaración de concurso de nuestra empresa por parte de indecopi, y cuya resolución de concurso es la que, hemos demandado su impugnación ante la Segunda Sala Contenciosa. Por lo que, el interés de la empresa cisneros sierralta y asociados se contradice con el interés de la empresa fábrica de tejidos marangani s.a, ya que nosotros perseguimos que, vía el proceso contencioso administrativo, se declare judicialmente la nulidad de la resolución que declara nuestro concurso; por el contrario, el interés de la empresa Cisneros Sierralta y asociados es acabar, a como de lugar, con el proceso judicial contencioso administrativo submateria y así frustrar que nuestra empresa marangani obtenga un fallo judicial que anule la resolución que declara nuestro concurso; hecho malicioso que ha sido evidenciado con el desistimiento del presente proceso, y que debe investigarse por parte de indecopi, más aun si esta empresa esta inscrita y registrada en indecopi y por ende tiene una dependencia directa con indecopi. toda esta conducta de cisneros sierralta y asociados scrl obedece a que, fue nombrada como consecuencia del proceso concursal que se sigue en Indecopi, en especial por el acreedor laboral que, también es codemandado en este mismo proceso contencioso administrativo; además, la formalización de su nombramiento la dio indecopi, por estar inscrita esta empresa administradora en indecopi, por ende, su dependencia de la codemandada indecopi es directa, por lo que su interés de dar por concluido el proceso a como de lugar es concreto y evidente, puesto que su propia supervivencia para continuar administrando nuestra empresa depende de que continúe el proceso concursal en indecopi, por lo que es evidente su acto ilícito para detraer del poder judicial el proceso submateria y evitar que éste dirima el conflicto de intereses entre nuestra parte e indecopi.; razón de más para que vuestra comisión la investigue y la sancione como corresponde, más aun si penalmente han cometido delito de Fraude contra la Persona Jurídica.

-Es importante también investigar la actuación del representante legal de indecopi Dr. Efrain Pacheco Guillen ante la sala contenciosa, dado que curiosamente en representación de Indecopi presenta un escrito, indicando que en la sala contenciosa sólo se deben recibir escritos de la Empresa Cisneros Sierralta y Asociados en representación de marangani, y de nadie más, es decir de nuestra parte que demanda la impugnación, a pesar que su persona como abogado y procurador, sabe que en nuestra condición de titulares de la situación jurídica sustancial nos corresponde defender a Marangani S.A., es más cuando hablo con mi persona por teléfono respecto a ese escrito (Eduardo Ipince), manifestó que el tenía que hacer cualquier cosa para ganar el proceso por que si no lo despiden. Hecho que es inexplicable por cuanto ya tenía conocimiento del dictamen Fiscal que era favorable a Fábrica de Tejidos Marangani S.A, y que además induce a pensar que existe una complicidad entre la empresa Cisneros Sierralta y Asociados SCRL e Indecopi.

-Por otro lado, algo que refleja la catadura moral de esta empresa Cisneros Sierralta y Asociados y de quienes la representan es que actualmente vienen siendo investigadas por el tema de los petroaudios, dado que hay indicios de que también han facturado irregularmente y sin ningún sustento para la empresa Busisnes Track., conforme aparece en el diario el comercio cuyo recorte adjunto.

-Todos estos ilícitos están debidamente corroborados con documentos de fácil comprobación que obran en el expediente administrativo concursal. y en los documentos que adjuntamos al presente escrito. Haciendo presente que todos estos hechos nunca fueron ajenos a indecopi ni a los gerentes y representantes legales del Banco Interamericano de Finanzas, así como a las diversas autoridades ya que permanentemente fueron informados con cartas enviadas por nuestro gerente general Sr. Eduardo Ipince Braschi.

OTROSI DECIMOS:
Hacemos presente que esta denuncia la vamos a hacer de conocimiento de los demás acreedores, en aras de la verdad y transparencia, que debe de caracterizar a la Administración Pública.
Es más solicitamos que se haga una auditoria, para saber cual es su situación real; debido a que con todo lo que viene acontenciendo nada garantiza que nuestra empresa venga siendo expoliada, expresamente para llevarla a una liquidación.

SEGUNDO OTRO SI DECIMOS.- Esta denuncia la hicimos de conocimiento del control interno de Indecopi; sin embargo nos manifestaron que estos tratándose de estas empresas administradoras la competencia es de la Comisión de Procesos Concursales.

Por Tanto:
Solicitamos a usted señor Presidente de la Comisión investigar estos hechos por la gravedad que encierran y que atenta contra la Transparencia que deben regir los actos de la Administración Pública.

Para sustentar nuestros dichos Adjuntamos copia de los siguientes documentos:

1.A Copia de 02 Cartas notariales
1.B Copia de la Sentencia Consentida expedida por el 1er. Juzgado Penal de Sicuani - Canchis.
1.C Copia del testimonio de la empresa Tejidos Chectuyoc, donde constan los nombres de los acreedores laborales incluido el de su representante legal Hipólito Alvarez Flores
1.D Copia de La Ficha de Tejidos Chectuyoc empresa Formada por el Acreedor Laboral.
1.E Copia de la Ficha Panorama Mercantil SAC que es Gerente de la empresa Tejidos Chectuyoc, y cuyos accionistas son el señor Luis Sierralta Piñeiro y su familia
1.F Copia de la carta dirigida al Banco Interamericano de Finanzas donde se le informa de la colusión del acreedor Laboral y la Administardora Cisneros Sierralta.
1.G Copia del escrito dirigido por Efrain Pacheco Gallegos (representante de Indecopi) a la 2da. Sala Contenciosa.
1.H Copia de Dictamen Fiscal que opina que se declare fundada la demanda de Marangani contra Indecopi.
1.I Copia de Resolución emitida por la segunda sala donde pone a conocimiento el Dictamen Fiscal y señala que el expediente esta listo para sentenciar.
1.J Copia del escrito de desistimiento de la pretensión presentado por Cisneros Sierralta y Asociados SCRL, a la 2da. Sala Permanente Contenciosa para que se archive el proceso sin pronunciarse sobre la Controversia.
1.K Resolución de la 2da. Sala permanente que admite el desistimiento y Archiva el Proceso.
1.L Recorte de Periódico

Lima, 19 de Febrero 2009

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